Saturday 6 June del 2026
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La Corte invalida el delito de “ciberasedio” en Puebla: golpe a una ley polémica
Puebla

La Corte invalida el delito de “ciberasedio” en Puebla: golpe a una ley polémica

En una decisión que redefine los límites entre la regulación digital y la libertad de expresión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 480 del Código Penal de Puebla, que tipificaba el delito de “ciberasedio”.

Con seis votos a favor y uno con reserva, el máximo tribunal concluyó que la norma era ambigua y generaba incertidumbre jurídica, al no precisar con claridad qué conductas podían ser sancionadas.


🔍 ¿Por qué se cayó la ley?

El proyecto, presentado por el ministro Giovani Azael Figueroa Mejía, sostuvo que:

  • La redacción del delito era imprecisa y abierta
  • Podía dar pie a interpretaciones arbitrarias por parte de autoridades
  • Ponía en riesgo la seguridad jurídica de la ciudadanía

Aunque reconoció la preocupación por el acoso digital, subrayó que las leyes penales deben ser estrictamente claras.


⚖️ Debate dividido en la Corte

Las ministras Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González defendieron la reforma al considerar que buscaba proteger a mujeres frente al acoso digital.

Sin embargo, la mayoría determinó que invalidar el artículo no deja desprotegidas a las víctimas, ya que existen otros delitos en el Código Penal de Puebla que sancionan conductas digitales.


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🧩 Origen de la controversia

La llamada “Ley de Ciberasedio” fue aprobada el 11 de julio de 2025 por el Congreso local:

  • Castigaba insultos o agresiones digitales reiteradas
  • Preveía penas de hasta 3 años de prisión
  • Multas de 5 mil a 30 mil pesos

Desde su creación, fue señalada por organismos como Comisión Nacional de Derechos Humanos y Artículo 19 por su potencial para limitar la libertad de expresión.


🧠 Amparos y presión social

La acción de inconstitucionalidad 81/2025 fue promovida por la CNDH. Paralelamente:

  • Ciudadanos y organizaciones obtuvieron amparos contra la norma
  • Tribunales federales advirtieron un posible efecto intimidatorio
  • Se alertó sobre el riesgo de silenciar críticas en redes sociales

El fallo de la Corte consolida estos argumentos.


🏛️ Postura del gobierno

El gobernador de Puebla, Alejandro Armenta, defendió inicialmente la reforma en 2025, asegurando que no buscaba censurar, sino combatir abusos digitales.

Sin embargo, en 2026 optó por no pronunciarse públicamente durante el análisis de la Corte, apelando al respeto a la división de poderes.

Por su parte, el Congreso local adelantó que acatará la resolución.


🧠 Libertad vs. control: la línea que no debe romperse

El fallo deja una lección clara: regular el espacio digital es necesario, pero hacerlo mal puede ser más peligroso que no hacerlo.

Cuando una ley penal no define con precisión sus límites, no solo castiga conductas… también puede inhibir la crítica, el periodismo y la participación ciudadana.

En tiempos donde la conversación pública vive en redes, la claridad legal no es opcional: es garantía de democracia.


✍️ Texto escrito por Redacción Puebla En Línea


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14 abril, 2026